Nacionales

Ley sanciona penalmente difusión de rumores falsos sobre los bancos

La Ley Monetaria y Financiera de RD tipifica como delito la difusión consciente de versiones falsas sobre solvencia o liquidez, con multas millonarias y penas de prisión

La difusión reiterada, en las últimas semanas, de versiones sin sustento sobre supuestos problemas financieros en una entidad bancaria dominicana, por personas en redes sociales y plataformas, ha vuelto a colocar en primer plano un riesgo conocido por las autoridades monetarias: el impacto que los rumores infundados pueden tener sobre la estabilidad del sistema financiero y la tranquilidad de los ahorrantes.

La Ley Monetaria y Financiera dominicana es explícita, clara, al establecer responsabilidades y sanciones cuando ese tipo de informaciones falsas se propaga de manera consciente, con potencial de generar efectos adversos en un sistema que descansa, esencialmente, en la confianza del público. No se juega con eso.

El peligro no es menor y debería haber consecuencias inmediatas para quienes alteran la tranquilidad y colocan en riesgo a una institución del sistema financiero.

En un sistema financiero basado en la credibilidad de las instituciones, la circulación de mensajes que cuestionan sin pruebas la solvencia o la liquidez de un banco puede generar comportamientos defensivos entre los depositantes, como retiros masivos de fondos, aun cuando la entidad esté operando con normalidad.

Ese efecto, conocido en el ámbito financiero como “corrida bancaria”, puede provocar tensiones reales donde antes no existían, afectando no solo a la institución señalada, sino al conjunto del sistema, incluyendo a entidades que no guardan relación alguna con los rumores difundidos.

Precisamente para prevenir ese tipo de escenarios, la Ley Monetaria y Financiera tipifica de forma expresa la difusión de rumores falsos como una infracción de carácter penal.

El artículo 80, literal a), establece que serán sancionadas las personas que “conscientemente difundan por cualquier medio falsos rumores u organicen campañas difamatorias relativas a la liquidez o solvencia de una o varias entidades de intermediación financiera y la estabilidad del mercado cambiario”. La norma no limita esa responsabilidad a funcionarios o actores del sistema financiero, sino que alcanza a “cualquier persona física o jurídica”, lo que incluye a particulares que usen diversos medios o vías de comunicación para expandir rumores.

Las sanciones previstas no son simbólicas. La misma disposición contempla multas que van desde quinientos mil pesos hasta dos millones quinientos mil pesos, además de penas de prisión de tres a diez años. El énfasis de la ley está puesto en el carácter consciente de la difusión, es decir, en la propagación deliberada de información falsa sobre aspectos sensibles como la solvencia o la liquidez bancaria, elementos que constituyen la base de la confianza del público y del normal funcionamiento del sistema de intermediación financiera.

La ley también protege la información que manejan las autoridades monetarias y financieras. El artículo 80, literal b), sanciona a los funcionarios o empleados de la Administración Monetaria y Financiera que divulguen o revelen información reservada o confidencial sobre operaciones o asuntos conocidos en el ejercicio de sus funciones, o que se aprovechen de ella para beneficio personal. En estos casos, las penas son las mismas: multas elevadas y prisión, con la salvedad de los intercambios de información a los que la propia ley obliga de manera expresa entre los distintos órganos del sistema.

En el ámbito administrativo y estadístico, la normativa refuerza la importancia de la veracidad de la información. El artículo 79, literal e), faculta al Banco Central a verificar la exactitud de los datos estadísticos suministrados por personas físicas o jurídicas, y a imponer sanciones cuando la información sea incorrecta, incompleta o se entregue de forma distinta a la solicitada. La obstrucción de estos procesos, incluso mediante la desaparición de documentos o el impedimento del acceso a funcionarios, se considera una infracción grave. Además, la ley subraya el carácter confidencial de la información estadística que permita identificar a los informantes.

El marco legal se completa con disposiciones dirigidas a evitar la manipulación de la información financiera interna de las entidades. El artículo 80, en sus literales d) y e), penaliza la alteración, ocultamiento o falsificación de libros, estados financieros y documentos, así como la elaboración, aprobación o presentación de balances adulterados, cuando estas prácticas busquen encubrir la verdadera situación de una institución o inducir a error a las autoridades supervisoras y al público en general.

Este andamiaje legal forma parte de un marco más amplio que ha acompañado el crecimiento y desarrollo del sistema financiero dominicano en las últimas décadas. La entrada en vigor de la Ley 183-02, hace ya casi veinticinco años, proveyó al país de un esquema regulatorio moderno que sentó las bases para la adaptación del sector a las tendencias internacionales, fortaleciendo la supervisión, la disciplina de mercado y la capacidad sancionadora de las autoridades monetarias y financieras.

La Ley Monetaria y Financiera es considerada, además, como la primera normativa dominicana que otorgó un verdadero alcance al concepto de regulación, no solo como un mecanismo de control, sino como un instrumento para la buena marcha de sectores de alto interés público. La regulación monetaria creó instituciones independientes, con altos niveles de tecnificación, capaces de ejercer funciones regulatorias y sancionadoras de manera más eficiente, en procura de los mejores intereses económicos de la nación y de la estabilidad macrofinanciera.

Ese marco jurídico también permitió complementar la legislación administrativa y penal existente, al ofrecer reglas específicas para atender las particularidades de los sectores bajo su competencia. En ese sentido, la regulación monetaria no opera de manera aislada, sino como parte de un sistema que busca prevenir riesgos sistémicos, corregir conductas indebidas y preservar la confianza en las instituciones financieras, especialmente en contextos de incertidumbre o volatilidad informativa.

No obstante, el contexto en el que hoy opera el sistema financiero dista significativamente del existente al momento de aprobarse la Ley 183-02 en República Dominicana. La expansión de la banca digital, la aparición de nuevos productos financieros y los riesgos asociados al uso intensivo de la tecnología han reabierto el debate sobre la necesidad de actualizar el marco legal.

En la era digital las cosas funcionan muy distintas

En una publicación del periódico elDinero, firmada por el periodista Jairon Severino el 30 de octubre de 2025, el superintendente de Bancos, Alejandro Fernández, advirtió que, en la medida en que la actividad financiera avanza hacia la digitalización, también los riesgos se transforman. “Antes los asaltantes iban a los bancos con pistolas, gafas y cubiertos, pero ahora no van así. Ahora puede ser cualquiera en cualquier parte del mundo a través de una pantalla y un teclado. Definitivamente, los temas de ciberseguridad son fundamentales”, explicó durante la entrevista.

Fernández señaló que la Ley 183-02 ha sido excelente y funcional, y que permitió al país superar de manera destacada episodios complejos como la crisis financiera global de 2008 y 2009, así como los efectos económicos de la pandemia del covid. Sin embargo, sostuvo que se trata de una legislación que requiere cambios, por lo que el país debe replantearse su modernización y adecuación a las nuevas realidades del sistema financiero. Fernández entiende que el contexto actual de la banca es sustancialmente distinto al de hace 25 años.

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba

Bloqueador de anuncios detectado

Gracias por visitarnos. Los anuncios nos ayudan a seguir ofreciendo contenido gratuito y de calidad. Al desactivar tu bloqueador de anuncios, contribuyes directamente al crecimiento de esta web.¡Tu apoyo significa mucho para nosotros!