Aplazan otra vez audiencia de medida de coerción contra Jean Andrés Pumarol

La jueza Fátima Veloz, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, aplazó el conocimiento de la solicitud de medida de coerción contra Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado por la muerte de una mujer y las heridas causadas a cinco personas en un edificio de apartamentos del sector Naco.
El tribunal reprogramó la audiencia para mañana lunes, a solicitud de la defensa de la víctima mortal, quien solicitó más tiempo para revisar el expediente de solicitud de medida presentado por el Ministerio Público.
Se recuerda que el Ministerio Público solicitó prisión preventiva, como medida de coerción, contra Jean Andrés Pumarol Fernández.
De acuerdo con la solicitud presentada por el Ministerio Público, representado por la procuradora fiscal Vidalis Mora, adscrita al Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona, de la Fiscalía del Distrito Nacional, el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, agrediendo a diferentes residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, quien perdió la vida.
El imputado atacó e hirió, además, a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos.
El hecho fue atendido de manera inmediata por agentes de la Policía Nacional que acudieron en respuesta a una llamada al Sistema de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1. Al lugar también se presentó el Ministerio Público.
Durante la intervención, los agentes policiales lograron controlar y arrestar al imputado, quien se encontraba armado con cuchillos y mostraba una conducta violenta. El imputado fue detenido en flagrante delito.
El Ministerio Público imputa a Pumarol Fernández, de 30 años de edad, la violación de los artículos 295 y 304 del Código Penal, que tipifican y agravan el homicidio voluntario; el artículo 2 sobre tentativa de homicidio, y el artículo 309, que sanciona las heridas y la violencia voluntaria. También, violaciones a los artículos 83 y 86 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, por el uso de armas blancas con fines delictivos.
Dadas las circunstancias del caso, el Ministerio Público considera la prisión preventiva como la medida de coerción más idónea para garantizar la presencia del imputado durante el proceso judicial, conforme al artículo 226, numeral 7, del Código Procesal Penal.



